• La entidad colegial subraya que carece de competencias para intervenir en las actuaciones de empresas de atención bucodental o sociedades mercantiles, siendo estos los únicos responsables

Ante el cierre de las clínicas dentales Vivanta, el Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife reafirma su labor de apoyo e información a los afectados. En ese sentido, quiere incidir especialmente en el derecho que asiste a los pacientes afectados a recibir su historial clínico en un plazo máximo de 30 días. Recuerda que en su web https://dentef.es/ (apartado reclamaciones) está a disposición de los ciudadanos una guía con las pautas a seguir cuando un centro interrumpe su actividad sin previo aviso.

Asimismo, la entidad colegial tinerfeña aclara que no tiene competencias sobre la gestión ni los servicios que prestan las empresas de atención bucodental o sociedades mercantiles. Añade que es la administración sanitaria la que ostenta la potestad de control y vigilancia sobre este tipo de clínicas dentales.

En línea con la postura del Consejo General de Dentistas, la entidad colegial de la provincia de Santa Cruz de Tenerife reclama un marco legislativo más estricto para establecer mecanismos que protejan eficazmente a los ciudadanos cuando una clínica dental cierra o deja de prestar los tratamientos contratados, primando la salud del paciente sobre los intereses económicos. Asimismo, urge a la Administración Sanitaria a supervisar activamente estas situaciones y garantizar la custodia inmediata y la entrega prioritaria de las historias clínicas a los afectados.

La Odontología es una profesión sanitaria y la salud de las personas no debería tratarse como un simple producto de consumo.

Aspectos  a tener en cuenta

El Colegio de Dentistas de la provincia tinerfeña detalla aspectos fundamentales que deben considerar los pacientes afectados cuando una clínica interrumpe su atención sin previo aviso:

  • Solicitud del historial clínico: Los afectados deben reclamar su historial completo por un medio fehaciente (como el burofax), teniendo la empresa la obligación legal de entregarlo en un plazomáximo de 30 días. En caso de trabas, se puede acudir a la Agencia Española de Protección  de Datos (AEPD) y a la autoridad sanitaria.

 

  • Continuidad del tratamiento: Contar con el historial y las pruebas diagnósticas es indispensable para que otro profesional valore el estado de la boca, siendo crítico en implantología para conocer el tipo y marca de los implantes.

 

  • Créditos al consumo vinculados: La Ley 16/2011 ampara al paciente para interrumpir los pagos a las financieras ante el incumplimiento contractual de la clínica, aportando un informe que certifique que el tratamiento está inconcluso.

 

  • Vías de reclamación: Se aconseja recopilar justificantes y acudir a organismos como la Oficina de Defensa de los Derechos de los Usuarios Sanitarios (ODDUS), asociaciones de consumidores o consultar el documento detallado disponible en la web del Colegio.

 

Información ante el cierre inesperado de consultas dentales