Tras el éxito de la primera edición realizada en 2024, el Colegio de Dentistas de la provincia tinerfeña organiza un nuevo curso de Introducción a la peritación judicial en odontoestomatología, a cargo del doctor en Medicina y Odontología Bernardo Perea Pérez. Jueces y abogados pueden solicitar informes a peritos judiciales odontólogos para diferentes procesos e investigaciones, que requieren del análisis de un experto para determinar la valoración del daño bucodental de una persona. El Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife volverá a poner a disposición de los profesionales esta acción formativa, este viernes y sábado, 9 y 10 de mayo, en su sede en la capital tinerfeña.
Toda la información sobre la oferta académica del Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife, además de la forma de inscribirse, se encuentra en la web de la entidad: www.dentef.es.
El doctor en Medicina y Odontología por la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Bernardo Perea Pérez, es médico especialista en Medicina Legal y Forense. Miembro de la Comisión Científica y de Investigación del Colegio de Médicos de Madrid, es vocal de Ética y Odontología Legal del Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región, así como profesor titular de Toxicología y Medicina legal y Forense de la UCM.
Evaluar el estado de los tratamientos
El informe pericial es una de las herramientas más habituales, desde el punto de vista jurídico, para evaluar la actividad de un profesional. Su base jurídica es el artículo 355 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y busca ofrecer una opinión cualificada sobre un tratamiento realizado a un paciente. El perito judicial odontólogo analizará el estado de los tratamientos, ante una reclamación de devolución de cantidades adelantadas o financiadas, o la existencia o no de mala praxis. Para ello, el profesional necesita, además de la exploración al paciente, la mayor cantidad de pruebas realizadas con anterioridad, como, por ejemplo, radiografías tomadas antes del diagnóstico definitivo e inicio del tratamiento.
Es habitual que el perito judicial odontólogo que haya realizado el informe sea requerido para asistir al juicio y ratificar así el informe. Además, no podrá tratar al paciente, ya que su informe perdería validez judicial por falta de objetividad.
En este curso, se abordará todo este proceso y se plantearán las cuestiones médico legales básicas, además de realizar un supuesto práctico un test final.
Diferencia con el informe clínico de situación
Un paciente puede también solicitar un informe clínico de situación, donde se informa del estado bucodental del paciente, sin entrar en valoración sobre si el tratamiento ha sido o no el correcto. De esta forma, el dentista únicamente informa sobre el estado clínico del paciente. Este informe no es una peritación. Aún así, el dentista puede ser citado a juicio, si el paciente presenta el documento como prueba, en calidad de testigo, una asistencia a la que no puede negarse.